El Brexit y la protección de los derechos humanos: una especial referencia a Gibraltar

AuthorMaría del Carmen Muñoz Rodríguez
ProfessionProfesora Titular de Derecho Internacional Público de la Universidad de Jaén
Pages131-160
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Capítulo 5
EL BREXIT Y LA PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS HUMANOS:
UNA ESPECIAL REFERENCIA A GIBRALTAR
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Sumario: I. Introducción.- II. Prospectivas sobre la protección de los derechos humanos en el
Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre Gibraltar (I): la previsión de
una claúsula democrática general: 1. Consideraciones preliminares. 2. Los elementos
materiales. 3. Los elementos procedimentales.- III. Prospectivas sobre la protección de
los derechos humanos en el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre
Gibraltar (II): otros mecanismos: 1. ¿Una cláusula democrática particular en materia
de circulación de personas? 2. Otras disposiciones en materia de derechos humanos.-
IV. Conclusiones.
RESUMEN
Las relaciones entre la UE y el Reino Unido están basadas en unos elementos esenciales
del Acuerdo de Comercio y Cooperación, a saber, el respeto de los principios democráticos, el
Estado de Derecho, los derechos humanos, así como la lucha contra la proliferación de las armas
de destrucción masiva y contra el cambio climático. El futuro Acuerdo sobre Gibraltar entre la UE
y el Reino Unido estará anclado sobre ese mismo eje. El análisis prospectivo de los mecanismos
en los que se puede concretar es necesario para conocer algunas de las aristas de la dimensión
“más humana” de las relaciones entre la UE y el Reino Unido en la era post-Brexit, tanto desde
una perspectiva general, como en lo que afecta a Gibraltar.
Palabras clave: Brexit, derechos humanos, Gibraltar.
* Profesora Titular de Derecho Internacional Público de la Universidad de Jaén. ORCID nº 0000-0001-
5351-0432. Este trabajo de investigación se enmarca dentro del Proyecto de I+D (PRY-205/19): “La incidencia
del Brexit en la cooperación transfronteriza entre Gibraltar - Campo de Gibraltar y Andalucía”, financiado por la
Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces (IP: Dra. Inmaculada González García).
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ABSTRACT
Relations between the EU and the United Kingdom are based on essential elements of the
Trade and Cooperation Agreement, namely respect for democratic principles, the rule of law,
human rights, as well as the fight against the proliferation of weapons of mass destruction and
against climate change. The future Agreement on Gibraltar between the EU and the United
Kingdom will be anchored on that same axis. The prospective analysis of the mechanisms in
which it can be specified is necessary to know some of the edges of the “more human” dimension
of the relations between the EU and the United Kingdom in the post-Brexit era, both from a
general perspective, as in what affects Gibraltar.
Keywords : Brexit, human rights, Gibraltar.
I. INTRODUCCIÓN
En febrero de 2020, tras la aplicación de los arts. 50 del Tratado de la Unión Europea
(TUE) y 106 bis del Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (TCEEA) 1,
el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Reino Unido) dejó de ser un Estado
miembro de la Unión Europea (UE) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
(CEEA o Euratom). Desde el inicio del proceso de separación –conocido como el Brexit–
resultó patente tanto la necesidad de realizar una “retirada ordenada” del Reino Unido de
la UE, como el establecimiento de un nuevo marco de relaciones entre ambos. En conse-
cuencia, por un lado, se ha negociado y aprobado un Acuerdo sobre la Retirada del Reino
Unido de la UE y de la CEEA (Acuerdo de Retirada) 2, que estuvo en vigor durante el
periodo transitorio comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020. Este
proceso, inaudito en la historia de la integración europea, ha puesto de manifiesto la com-
plejidad y singularidad que un proceso de retirada de la UE puede conllevar para ciertos
enclaves, que, en este caso serían, en palabras del Acuerdo de Retirada, “las muy especí-
1 Tratado de la Unión Europea, versión consolidada de 2016 (DO C 202, de 7.6.2016). Tratado de la
Comunidad Europea de la Energía Atómica, versión consolidada de 2016 (DO C 203, de 7.6.2016).
2 La firma del Acuerdo se autoriza por la Decisión (UE) 2019/1750 del Consejo de 21.10.2019 por la
que se modifica la Decisión (UE) 2019/274 de 11.1.2019 relativa a la firma, en nombre de la UE y de la CEEA,
del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la UE y de la CEEA (DO L 274 I, de 28.10.2019); el texto
del Acuerdo se publica en el DO C 384 I de 12.11.2019. Posteriormente, la UE manifiesta su consentimiento
final a través de la Decisión (UE) 2020/135 del Consejo de 30.1.2020, por la que se aprueba el Acuerdo sobre la
Retirada del Reino Unido de la UE y de la CEEA, de 24.1.2020 (DO L 29, de 31.1.2020). Este Acuerdo cuenta
con varios precedentes, fruto del complejo proceso de negociaciones iniciado en 2017 y prorrogado a peti-
ción del Reino Unido. La primera versión es el Proyecto de Acuerdo sobre la Retirada, cuyas negociaciones
concluyeron el 14 de noviembre de 2018 y fueron refrendadas por el Consejo Europeo de 25.11.2018 (el texto,
una vez revisado jurídicamente, se publicó en el documento COM(2018) 833 final, de 5.12.2018, propuesta de
Decisión del Consejo sobre la firma, en nombre de la UE y de la CEEA, del Acuerdo relativo a la Retirada del
Reino Unido de la UE y de la CEEA); para identificar el resto de versiones, resulta recomendable consultar el
Preámbulo de la citada Decisión (UE) 2019/1750 del Consejo.

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