Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la normalización europea y por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/105/CE y 2009/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo»COM(2011) 315 final — 2011/0150 (COD)

SectionActos preparatorios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 376/69

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la normalización europea y por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/105/CE y 2009/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo»

COM(2011) 315 final - 2011/0150 (COD)

(2011/C 376/13)

Ponente:Antonello PEZZINI

El Consejo, el 24 de junio de 2011, y el Parlamento Europeo, el 23 de junio de 2011, de conformidad con el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, decidieron consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la normalización europea y por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/105/CE y 2009/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

COM(2011) 315 final - 2011/0150 (COD).

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 30 de agosto de 2011.

En su 474 o Pleno de los días 21 y 22 de septiembre de 2011 (sesión del 21 de septiembre), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 121 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones el presente dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya la iniciativa de la Comisión en el sentido de revisar el sistema europeo de normalización, para preservar los numerosos elementos positivos, corregir sus defectos y aspirar al justo equilibrio entre las dimensiones internacional, europea y nacional, asegurando niveles de excelencia cualitativa en el plano mundial.

El Comité está convencido de la necesidad de crear un marco legislativo y reglamentario comunitario que sea flexible y dinámico, para optimizar el valor añadido de la normalización técnica europea, en aras de la competitividad, la innovación y el

Asimismo, subraya la importancia de la normalización europea para el funcionamiento y la consolidación del mercado interior, especialmente en los ámbitos de la salud, la seguridad, la protección del medio ambiente, los consumidores y la interoperabilidad, ámbitos que, actualmente, cada vez hacen más referencia a las tecnologías de la información y la comunicación

El Comité considera fundamental adecuar los ritmos y plazos de elaboración de las normas y ampliar el ámbito de acción a los sectores de los servicios y las tecnologías de la información y la comunicación, prestando siempre una particular atención a los objetivos de calidad, seguridad y volumen de producción de las normas, utilizando plataformas de Internet para la consulta y el intercambio de información «en línea».

Según el CESE, las especificaciones aprobadas por los foros o consorcios industriales internacionales en el sector de

las TIC deberían aceptarse solo tras un proceso de certificación por parte de los organismos europeos de normalización (OEN), con la participación de los representantes de las PYME, consumidores, ecologistas, trabajadores y organismos que representen importantes intereses sociales.

1.6 El CESE acoge favorablemente la simplificación de los sistemas de financiación concedida, con un adecuado fundamento jurídico, a los OEN, a los organismos nacionales de normalización y a los demás organismos encargados de desarrollar la actividad de normalización en colaboración, así como a los organismos europeos que representen a las partes interesadas.

1.7 El CESE recomienda predisponer un documento común de programación, que permita garantizar la coherencia, la coordinación y la respuesta a los futuros objetivos del mercado. En este sentido todas las partes interesadas en la programación anual deberían participar en la preparación de los programas de trabajo por parte de los OEN, de las otras estructuras de desarrollo de técnicas sectoriales específicas (TIC), de los servicios competentes de la Comisión y de los organismos nacionales de normalización.

1.8 Asimismo, subraya la importancia de disponer, lo antes posible, de normas técnicas actualizadas en el sector de los servicios, que seguirá desarrollándose como un elemento fundamental e innovador de la economía para el año 2020. Por otra parte, señala que habría que tener en cuenta el carácter específico de los servicios y que el modelo de normalización de los productos no puede copiarse automáticamente. La definición de nuevas normas en el ámbito de los servicios debe tomar en consideración las necesidades del mercado y de la sociedad.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 22.12.2011

El CESE considera importante asegurar un marco estable de programación plurianual de la financiación del sistema europeo de normalización, y está preocupado por que la Comisión proponga las asignaciones presupuestarias destinadas a tal acción solo para el año 2013.

El Comité recomienda la máxima interacción entre los procesos de normalización técnica y los programas europeos de investigación e innovación, para permitir la rápida aplicación de tecnologías y las consiguientes ventajas competitivas para la economía europea en el mercado global.

El CESE recomienda una estrecha relación entre los organismos europeos de normalización (OEN) y las oficinas de patentes, que protegen los derechos de propiedad intelectual.

El Comité solicita que la nueva reglamentación prevea expresamente el refuerzo de la posición europea en el contexto de la normalización internacional, para agilizar los intercambios y aumentar la competitividad europea.

Introducción

El Comité siempre ha hecho hincapié en el papel esencial de la normalización técnica a la hora de apoyar:

- la calidad de los productos y servicios europeos,

su competitividad en el mercado interior y en el global,

- la protección del consumidor,

- la mejora de las normas sociales y medioambientales.

El Comité siempre se ha...

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