La propuesta de la comisión europea de marco financero plurianual para el período 2021-2027: análisis en relación al principio de valor añadido

AuthorPol Pallàs Secall
ProfessionInvestigador del Departamento de Derecho Penal y Criminología y Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales Universitat de Barcelona
Pages207-232
LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN EUROPEA
DE MARCO FINANCIERO PLURIANUAL
PARA EL PERÍODO 2021-2027: ANÁLISIS EN
RELACIÓN AL PRINCIPIO DE VALOR AÑADIDO
Pol P
ALLÀS SEC ALL
Universitat de Barcelona
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EL
PRINCIPIO DE VALOR AÑADIDO.—1. El principio de subsidiariedad: concepto
y base jurídica.—2. El principio de valor añadido.—III. MARCO FINANCIERO
PLURIANUAL: EVOLUCIÓN, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.—1. La
naturaleza del MFP y su régimen jurídico.—2. Proceso de aprobación del MFP.—
3. Recursos propios.—A) Tipos de recursos propios.—B) Problemas de la confi-
guración actual de los recursos propios.—4. El gasto.—IV. LA PROPUESTA DE
MARCO FINANCIERO PLURIANUAL DE LA COMISIÓN EUROPEA POST-
2020 DE 2 DE MAYO DE 2018.—1. Recursos propios.—2. Gasto.—3. Conside-
raciones respecto al principio de valor añadido.—V. CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN
Partiendo de un contexto de desencanto con el proyecto europeo y de
discusión por parte de diferentes sectores sociales de la necesidad de per-
tenencia a la UE o incluso de su propia existencia, se ha argumentado por
parte de muchos actores y de la propia Comisión Europea que había que
profundizar en aquellos aspectos que revistieran de sentido la actuación
de la Unión. En gran parte esto encuentra su concreción en el principio de
valor añadido, concepto que podemos encontrar en mucha documentación
de las instituciones europeas —y en especial aquellos documentos de tra-
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bajo referentes a las finanzas—, entendido como un efecto positivo de la
acción pública de la UE que no es alcanzable por la acción individual de
los Estados miembros.
El 2 de mayo de 2018 la Comisión Europea presentó la propuesta de
Marco Financiero Plurianual (MFP) y de regulación de los recursos pro-
pios para el período 2021 a 2027, las cuales inician el proceso legislativo
para su negociación y adopción por parte del Consejo, el Parlamento
Europeo y el Consejo Europeo. El MFP define en gran parte cuál será la
actuación de la UE en los próximos años porque determina en qué ámbi-
tos se destina el presupuesto comunitario. Es, por tanto, un instrumento
en el que el valor añadido debería ser un principio rector en caso de que
se considerara que este es de aplicación obligada por parte de la Unión.
Partiendo de aquí, el objetivo de este trabajo es doble: en primer lugar,
se pretende determinar si el principio de valor añadido es de obligado
cumplimiento por parte de la UE, y en caso de respuesta afirmativa a la
primera pregunta, ver si la propuesta de MFP de la Comisión a la que nos
hemos referido cumple con este principio o no.
Para alcanzar los objetivos planteados, el trabajo parte de un análisis
del principio de subsidiariedad y su relación con el concepto de valor aña-
dido, ya que a priori pensamos que el primero puede ser el fundamento
del segundo. Posteriormente se hace una explicación de la naturaleza del
régimen jurídico del MFP y de los recursos propios según la legislación
europea actual, pero también de su evolución y el proceso de aprobación, a
fin de poder abordar posteriormente el análisis detallado del caso concreto
del MFP 2014-2020 y las críticas que se le han hecho. Esto nos permitirá
finalmente determinar en qué contexto se hace la propuesta de nuevo MFP
y cuál es el grado de aplicación del principio de valor añadido.
Como se puede inferir del iter discursivo que acabamos de describir,
se procederá utilizando el método deductivo. Partiremos de la literatura
general sobre los principios de subsidiariedad y valor añadido y los es-
tudios doctrinales sobre las finanzas de la UE y el MFP, así como de la
normativa vigente relativa a este ámbito, para poder emprender finalmente
un análisis sobre el caso concreto y específico de la propuesta de la Co-
misión de 2 de mayo de 2018. Esto último lo haremos principalmente a
través de documentos de la propia Comisión, tales como comunicaciones
y documentos de trabajo.
II. EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD
Y EL PRINCIPIO DE VALOR AÑADIDO
La literatura referente al MFP de la UE hace referencia de forma
insistente en el principio de valor añadido. A pesar de que se trata de un
concepto más bien ligado al ámbito de la economía y no conste explícita-

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