Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1139 de la Comisión, de 3 de julio de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 en lo que respecta a los controles oficiales de los alimentos de origen animal relacionados con los requisitos de información sobre la cadena alimentaria y con los requisitos relativos a los productos de la pesca, así como con la referencia a métodos de ensayo reconocidos para las biotoxinas marinas y a métodos de ensayo para la leche cruda y la leche de vaca tratada térmicamente

Enforcement date:July 24, 2019
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

4.7.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 180/12

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (1), y en particular su artículo 18, apartado 8, párrafo primero, letra f),

Previa consulta al Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2017/625 establece normas para la realización de los controles oficiales y otras actividades oficiales por las autoridades competentes de los Estados miembros para verificar el cumplimiento de la legislación de la Unión, entre otros ámbitos, en el de la seguridad alimentaria en todas las fases del proceso de producción, transformación y distribución. El Reglamento contempla, en particular, los controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

(2) El Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión (2) establece medidas de ejecución para determinados productos regulados por el Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). Entre estos se incluyen los moluscos bivalvos vivos, la leche cruda y la leche de vaca tratada térmicamente.

(3) El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión (4) modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 en lo que respecta a los controles oficiales. En ese Reglamento se dispone, por lo que se refiere a los requisitos de información sobre la cadena alimentaria, que se supriman la sección II y el apéndice del anexo I del Reglamento (CE) n.o 2074/2005 y, por lo que se refiere a los requisitos sobre los productos de la pesca, que se suprima la sección II del anexo II del Reglamento (CE) n.o 2074/2005.

(4) El Reglamento (CE) n.o 853/2004 dispone que el operador del matadero debe solicitar, recibir, verificar e intervenir en la información sobre la cadena alimentaria en...

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