Concepto de transformación (Artículo 4.32 de la Ley)

AuthorEduardo Berché Moreno
ProfessionCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Pages163-164

Page 163

En muchas de las definiciones de operadores ya dadas se menciona el término transformación. Según la Ley este concepto de transformación responde a unos condicionamientos especiales.

En efecto, según el punto 32 del artículo 4 de la Ley, es transformación:

  1. El proceso de fabricación por el que se obtienen productos objeto de los impuestos especiales de fabricación a partir, total o parcialmente, de productos que también lo son y que están sometidos a una tributación distinta a la que corresponde el producto obtenido.

    Un ejemplo de este primer concepto de transformación seria añadir al vino alcohol para obtener un Producto Intermedio. La tributación del producto final es diferente de la de los productos que entran en transformación.

  2. también se considera transformación la operación en la que los productos de partida y finales están sometidos a la misma tributación, siempre que la cantidad de producto final obtenido sea superior a la del empleado.

    Un ejemplo de este segundo concepto de transformación es el que corresponde a la mezcla de una cerveza de grado plato 15 con limonada para obtener una clara de grado plato superior a 11. Sin variar la tributación (epígrafe 3) se obtiene más producto que los que intervienen en el proceso de transformación. Otro ejemplo seria la adición de aditivos a gasolinas o gasóleos. Sin variar la tributación, se obtiene más producto que los que intervienen en el proceso de transformación.

  3. En todo caso, se consideran como transformación las operaciones de desnaturalización y las de adición de marcadores y trazadores.

    Las condiciones especiales que se deducen de esta definición para que una operación, efectuada con productos objeto de los Impuestos...

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