Decisión del Comité Mixto del EEE nº 1/2010, de 29 de enero de 2010, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

22.4.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 101/1

ES

III (Otros actos)

ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 1/2010

de 29 de enero de 2010

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 56/2009, de 29 de mayo de 2009

( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 394/2008 de la Comisión, de 30 de abril de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1266/2007 respecto a las condiciones para que determinados animales de especies sensibles puedan acogerse a una excepción a la prohibición de salida prevista en la Directiva 2000/75/CE del Consejo

( 2

).

(5) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 708/2008 de la Comisión, de 24 de julio de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1266/2007 respecto a las condiciones para que determinados animales de especies sensibles puedan acogerse a una excepción a la prohibición de salida prevista en la Directiva 2000/75/CE del Consejo

( 5 ).

(6) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1108/2008 de la Comisión, de 7 de noviembre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1266/2007 en lo que se refiere a los requisitos mínimos de los programas de seguimiento y vigilancia de la fiebre catarral ovina y las condiciones para eximir el esperma de la prohibición de salida establecida en la Directiva 2000/75/CE del Consejo

( 6 ).

(7) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 1304/2008 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1266/2007 respecto a las condiciones para que determinados animales de especies sensibles puedan acogerse a una excepción a la prohibición de salida prevista en la Directiva 2000/75/CE del Consejo

( 7

).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 454/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, que modifica el Reglamento (CE) n o 998/2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, en lo que respecta a la ampliación del período transitorio

( 3 ).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) n o 504/2008 de la Comisión, de 6 de junio de 2008, por el que se aplican las Directivas 90/426/CEE y 90/427/CEE por lo que se refiere a los métodos de identificación de los équidos

( 4

).

(8) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2008/73/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se simplifican los procedimientos para confeccionar listas y publicar información en los ámbitos veterinario y zootécnico y por la que se modifican las Directivas 64/432/CEE, 77/504/CEE, 88/407/CEE, 88/661/CEE, 89/361/CEE, 89/556/CEE, 90/426/CEE, 90/427/CEE, 90/428/CEE, 90/429/CEE, 90/539/CEE, 91/68/CEE, 91/496/CEE, 92/35/CEE, 92/65/CEE, 92/66/CEE, 92/119/CEE, 94/28/CE, 2000/75/CE, la Decisión 2000/258/CE y las Directivas 2001/89/CE, 2002/60/CE y 2005/94/CE

( 8

).

( 1 ) DO L 232 de 3.9.2009, p. 4.

( 2 ) DO L 117 de 1.5.2008, p. 22.

( 3 ) DO L 145 de 4.6.2008, p. 238.

( 4 ) DO L 149 de 7.6.2008, p. 3.

( 5 ) DO L 197 de 25.7.2008, p. 18.

( 6 ) DO L 299 de 8.11.2008, p. 17.

( 7 ) DO L 344 de 20.12.2008, p. 28.

( 8 ) DO L 219 de 14.8.2008, p. 40.

L 101/2 Diario Oficial de la Unión Europea 22.4.2010

ES

(9) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/404/CE de la Comisión, de 21 de mayo de 2008, por la que se modifica la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de que una determinada región administrativa de Italia está oficialmente indemne de tuberculosis bovina y de que determinadas regiones administrativas de Polonia están oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica

( 1 ).

(10) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/476/CE de la Comisión, de 6 de junio de 2008, por la que se modifica la Decisión 2008/185/CE para incluir los departamentos de Côtes-d'Armor, Finistère, Ille-et-Vilaine, Morbihan y Nord (Francia) en la lista de regiones indemnes de enfermedad de Aujeszky

( 2

).

(11) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/576/CE de la Comisión, de 4 de julio de 2008, por la que se modifica el anexo III de la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la lista de regiones oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica en Polonia

( 3

).

(12) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/655/CE de la Comisión, de 24 de julio de 2008, por la que se aprueban los planes de vacunación de urgencia contra la fiebre catarral ovina de determinados Estados miembros y se determina el nivel de la participación financiera de la Comunidad para 2007 y 2008

( 4 ).

(13) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/661/CE de la Comisión, de 1 de agosto de 2008, por la que se modifica la Decisión 2007/182/CE, relativa a un estudio sobre la caquexia crónica en los cérvidos

( 5 ).

(14) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/674/CE de la Comisión, de 13 de agosto de 2008, que modifica la Decisión 2007/683/CE por la que se aprueba el plan para erradicar la peste porcina clásica de los jabalíes de determinadas zonas de Hungría

( 6

).

(15) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/682/CE de la Comisión, de 18 de agosto de 2008, por la que se modifica la Decisión 2007/870/CE en lo relativo a la aprobación del plan de vacunación de urgencia contra la peste porcina de los cerdos de explotaciones porcinas, mediante una vacuna marcadora, en Rumanía

( 7

).

(16) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/686/CE de la Comisión, de 20 de agosto de 2008, por la que se modifica la Decisión 2005/59/CE en lo que respecta a las zonas de Eslovaquia en las que se aplicarán los planes de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y

de vacunación de urgencia de los jabalíes contra la peste porcina clásica

( 8 ).

(17) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/755/CE de la...

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