¿Qué es la Unión Europea?

AuthorVÍctor M. Sánchez (Dir.) - Maria Julia Barceló
Pages27-33

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1.1. Introducción

Definir es explicar, de manera clara y precisa, el significado de una palabra o la naturaleza de una cosa o de una persona. Como os podéis imaginar, es una tarea difícil… y peligrosa. Desde vuestra propia experiencia, ya habréis descubierto que las definiciones breves son claras, pero, a menudo, caen en una simplificación excesiva. Al contrario, las más largas, hechas con voluntad de precisión de detalle, tienden a complicar demasiado el entendimiento de la realidad hasta el punto que la oscurecen. Así que intentaremos resolver la pregunta de este epígrafe velando por el difícil equilibrio entre la diafanidad y la fidelidad. Enunciaremos primero una definición jurídica de lo que es la Unión Europea (UE). Después analizaremos cada uno de los elementos definitorios propuestos. Y en último término avanzaremos en la cuestión de su ‘naturaleza’ jurídica, tomado este término, no siempre bien explicado, en su acepción más fácilmente comprensible: cuál es la esencia, cualidades jurídicas fundamentales o propiedades básicas de la UE y, por consiguiente, las consecuencias más relevantes de su creación.

1.2. Definición

¿Qué es la UE? La expresión ‘Unión Europea’, con las iniciales U y E en mayúsculas, fue introducida por primera vez en un tratado internacional2 conPage 28el Tratado de la Unión Europea (TUE) adoptado en Maastricht en 1992. Su art. A, ahora art. 1 TUE, dice que, con este tratado internacional, las «Altas Partes Contratantes», es decir, los estados firmantes, constituyen entre si una «Unión Europea». La unión creada implica «una nueva etapa en el proceso creador de una Unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa». En esta disposición encontramos bien recogida la dualidad jurídico-política que es la UE. La Unión es una forma regulada de asociación de estados (las Altas Partes Contratantes), es decir, un ente jurídico que:

  1. Establece una unión de estados con un régimen jurídico compartido.

  2. E impulsa un proceso político continuo de evolución de esta unidad mediante las competencias que ejercen los órganos de los que se dota a la asociación y los procedimientos de reforma previstos por el mismo TUE. La UE quiere reducir de esta forma —dicho en términos escogidos de la Física— la entropía existente en un sistema político europeo construido sobre la base de la soberanía e independencia de los estados. Con la UE, los estados miembros acuerdan ciertos parámetros normativos que delimitan sus conductas hacia dentro, es decir, dentro de sus territorios y hacia el resto de miembros; y hacia fuera, esto es, con respecto a terceros estados no miembros de la Unión u otras organizaciones internacionales.

    La Unión, como realidad jurídica, está revestida de cinco elementos distintivos básicos:

  3. Es una asociación de estados europeos —actualmente veintisiete— de duración indefinida.

  4. Está creada y regida por tratados internacionales.

    c) Tiene unos objetivos compartidos, o misión común, acordados por todos los miembros.

  5. Está dotada de una estructura institucional permanente (órganos) y unitaria.

  6. En la persecución de los objetivos compartidos, ejerce funciones políticas, legislativas, ejecutivas y judiciales en las materias y con el alcance que reconoce el TUE.

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    Hoy por hoy, la UE, vista en su globalidad, constituye el gran paraguas jurídico que da cabida a un conjunto muy complejo de relaciones entre los miembros de la Unión que se iniciaron en 1951 con la creación de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) por un grupo muy reducido de estados —Francia, Alemania, Bélgica, Holanda, Luxemburgo e Italia—, y que se han modificado y ampliado con tratados sucesivos.

1.3. Naturaleza

Más de uno de vosotros, una vez leída esta definición, ya se debe haber hecho muchas preguntas. ¿Qué estados forman parte de esta asociación y con qué criterios son seleccionados? ¿Qué ámbitos de acción política quedan bajo este marco de acción conjunta? ¿Cómo afectan las competencias ejercidas por la UE a la soberanía de los estados miembros? Si ha sido así...

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